Fechas de reunión del Consejo Directivo
De acuerdo al Artículo 34 de los Estatutos de la FIMPES, el Consejo deberá reunirse en sesión ordinaria, cuando menos cuatro veces al año, en el lugar que previamente se determine para tal efecto. Dos de estas reuniones podrán coincidir con las Asambleas Generales Ordinarias.
Podrá ser convocado para una sesión extraordinaria, cuando su Presidente lo estime pertinente.
Con respecto al Artículo 36 del Reglamento Interior de la FIMPES, las reuniones del Consejo Directivo serán convocadas por el Presidente, a más tardar, 15 días antes de la fecha prevista para cada reunión, y los integrantes del Consejo deberán confirmar su asistencia, a través del Secretario Ejecutivo, cuando menos una semana antes de la reunión.