Podrá ser convocado para una sesión extraordinaria, cuando su Presidente lo estime pertinente.
Con respecto al Artículo 36 del Reglamento Interior de la FIMPES, las reuniones del Consejo Directivo serán convocadas por el Presidente, a más tardar, 15 días antes de la fecha prevista para cada reunión, y los integrantes del Consejo deberán confirmar su asistencia, a través del Secretario Ejecutivo, cuando menos una semana antes de la reunión.
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Fechas del Consejo













